Art. 68 Ley N° 18.700 · Identificación del Elector

Documentos Válidos para Sufragar en Chile

Para emitir su voto válidamente en cualquier mesa receptora de sufragios en Chile, debe presentar únicamente uno de los documentos de identidad oficiales reconocidos por ley.

Documentos Admitidos por los Vocales de Mesa

Documento Estado de Vigencia Aceptado ¿Se puede votar? Observaciones
Cédula de Identidad Chilena Vigente al día de la elección SÍ Documento preferente para ciudadanos chilenos y extranjeros con derecho a sufragio.
Cédula de Identidad Vencida Vencida dentro de los 12 meses anteriores a la elección SÍ El art. 68 de la Ley 18.700 permite cédulas vencidas hasta 1 año antes del comicio.
Pasaporte Chileno Vigente o vencido hasta 12 meses antes SÍ Válido tanto en mesas del territorio nacional como en el extranjero.
Certificado de Cédula en Trámite Comprobante emitido por el Registro Civil NO No es admitido por la mesa receptora para votar.
Licencia de Conducir Cualquier clase o vigencia NO La ley electoral excluye expresamente la licencia de conducir como medio de votación.

Lápiz de Pasta Azul y Accesorios de Votación

El Servel establece que cada mesa receptora de sufragios provee lápices de pasta azul a los electores. No obstante, se permite y recomienda a los ciudadanos portar su propio lápiz de pasta azul (bolígrafo tradicional, no plumón ni lápiz de tinta gel que traspase el papel del voto).

Las personas en situación de discapacidad o que requieran asistencia pueden optar al Voto Asistido, acompañadas por una persona mayor de edad de su confianza o solicitando la ayuda del presidente de la mesa, dejándose constancia en el acta electoral.